Tratamiento de fertilidad asistida y derecho a la cobertura

Cobertura judicial de fertilización asistida de alta complejidad


Resumen del caso

En el marco de un expediente que tramitamos ante el Juzgado Federal N° 2 de la ciudad de Rosario, la Justicia ordenó a una obra social brindar la cobertura integral (100%) de un tratamiento de fertilidad asistida de alta complejidad (FIV/ICSI), incluyendo estudios, medicación y honorarios médicos.

La afiliada presentaba un diagnóstico de infertilidad primaria de larga evolución, con antecedentes de anovulación, insulinorresistencia y síndrome de ovario poliquístico. Conforme la documentación médica acompañada, había realizado múltiples intentos previos de tratamientos de baja complejidad sin resultados, encontrándose agotadas las alternativas terapéuticas menos invasivas.

Ante este cuadro clínico, el médico tratante indicó la realización de una técnica de reproducción asistida de alta complejidad (ICSI) como única alternativa viable para lograr la concepción. Pese a ello, la obra social no brindó respuesta al pedido administrativo oportunamente formulado.


Decisión judicial

El tribunal interviniente resolvió:

  • Ordenar a la obra social la cobertura al 100% de un tratamiento de fertilización asistida de alta complejidad (FIV/ICSI).

  • Disponer que la cobertura comprenda la totalidad de los estudios, la medicación y los honorarios profesionales indicados por el médico tratante.

  • Reconocer la procedencia de la acción de amparo ante la falta de respuesta de la demandada y la necesidad de una tutela judicial efectiva.

La sentencia se fundó en la Ley 26.862 de Reproducción Médicamente Asistida, su decreto reglamentario y la normativa complementaria, destacando que el acceso a estas prestaciones integra el derecho a la salud reproductiva.


Alcance del fallo

La decisión resulta relevante para aquellos casos en los que obras sociales o empresas de medicina prepaga niegan, demoran o restringen el acceso a tratamientos de fertilidad, aun cuando se encuentran médicamente indicados y se han agotado las alternativas previas.

El fallo reafirma que los tratamientos de reproducción asistida no constituyen prestaciones optativas, sino que forman parte de las coberturas obligatorias cuando se configuran los requisitos médicos y legales correspondientes.


📌 En este espacio se publican sentencias y resúmenes de fallos dictados en materia de obras sociales y medicina prepaga, con fines exclusivamente informativos.


Contacto profesional

Ante situaciones vinculadas a obras sociales, medicina prepaga o prestaciones por discapacidad, puede realizarse una consulta profesional.

Abogada Nadia Bausinger
Especialista en obras sociales y discapacidad
📞 Cel. de contacto: (341) 156952053

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