Cannabis medicinal – cobertura por obra social

Medida cautelar que ordena cubrir Cannabidiol en niño con discapacidad


Hechos del caso

En el marco de un expediente que tramitamos ante el Juzgado Federal de San Nicolás, se promovió acción de amparo contra la Obra Social del Personal de la Actividad del Turf (OSPAT).

La actora, en representación de su hijo menor de edad, solicitó la cobertura integral del tratamiento con Cannabidiol indicado por su médica neuróloga infantil.

El niño cuenta con Certificado Único de Discapacidad por Síndrome de Down y presenta trastornos de conducta, déficit de atención e hiperactividad.

Previo a la indicación de cannabidiol, había sido tratado con múltiples psicofármacos, sin respuesta adecuada y con efectos adversos significativos.

Con el inicio del tratamiento con Cannabidiol, el equipo médico informó una mejoría clínica sostenida, logrando incluso la suspensión de la polimedicación anterior.

Sin embargo, la obra social demoró la autorización y finalmente rechazó la cobertura, argumentando que el uso indicado no se encontraba aprobado específicamente por ANMAT para TDAH y que no se habían acreditado determinados requisitos técnicos.


Decisión judicial

El Juzgado hizo lugar a la medida cautelar y ordenó a OSPAT:

  • Otorgar cobertura total del Cannabidiol.

  • Garantizar su provisión inmediata.

  • Mantener la cobertura durante el tiempo que sea necesario o hasta que se dicte sentencia definitiva.

El tribunal sostuvo que:

  • Debe prevalecer el criterio del médico tratante frente a auditorías basadas en parámetros generales.

  • La falta de aprobación específica para determinada indicación no justifica, por sí sola, la negativa de cobertura.

  • Se encontraba acreditada la verosimilitud del derecho y el peligro en la demora.

  • Estaban comprometidos derechos constitucionales vinculados a la salud, la discapacidad y el interés superior del niño.


Alcance del caso

Este fallo resulta relevante porque reafirma que:

✔ Las obras sociales no pueden dilatar indefinidamente la evaluación de tratamientos indicados por médicos tratantes.
✔ El uso de cannabis medicinal no puede rechazarse automáticamente por criterios formales si existe prescripción fundada.
✔ En casos de niños con discapacidad, debe primar el interés superior del niño y la protección integral de su salud.

Se trata de una medida cautelar que permitió garantizar el tratamiento mientras continúa el trámite principal del amparo.


Contacto profesional

📌 En este espacio se publican sentencias y casos reales tramitados ante la justicia federal y ordinaria en materia de obras sociales y medicina prepaga, con fines exclusivamente informativos.


Contacto profesional

Ante situaciones vinculadas a obras sociales, medicina prepaga o prestaciones por discapacidad, puede realizarse una consulta profesional.

Abogada Nadia Bausinger
Especialista en obras sociales y discapacidad
Cel. de contacto: (341) 156952053